Circular aviso registro de jornada laboral desde 12 mayo 2019

Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales
05/12/2018
Protegido: Reunión ASTYLCAM – septiembre 2019
25/09/2019

Circular aviso registro de jornada laboral desde 12 mayo 2019

El próximo 12 de mayo será obligatorio el registro diario de las horas de trabajo de los empleados. El incumplimiento por parte de las compañías será calificado como una infracción laboral grave.

Fecha límite

Ni la falta de regulación de esta materia en los convenios colectivos sectoriales actuales o la inexistencia de representación legal de los trabajadores en la empresa, exonerará a ésta de garantizar el registro diario de la jornada de trabajo a partir del 12 de mayo de 2019. En esa fecha se inicia un periodo transitorio difícil, ya que cada empresa deberá elegir un sistema de registro de jornada,
atendiendo a sus peculiaridades.

 

Sanciones

El incumplimiento de la obligación de registro de la jornada de trabajo de los empleados será calificado como infracción laboral grave y se sancionará con multas de 626 euros en su grado mínimo y de 6.250 euros, en su grado máximo .

 

Convenio

Los convenios colectivos sectoriales tendrán un gran protagonismo para concretar dicho marco legal de registro atendiendo a las peculiaridades de cada actividad económica. A nivel de cada empresa, o incluso en cada centro de trabajo, las obligaciones concretas de registro diario de la jornada podrán pactarse con la representación de los trabajadores -cuando ésta exista-, mediante convenio colectivo o acuerdo de empresa. Inevitablemente, ello provocará un periodo transitorio hasta que, en los distintos convenios colectivos sectoriales o en su caso convenio de empresa, se recojan las especialidades del registro de
jornada diseñado para los distintos niveles y situaciones de prestación de servicios laborales.

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